El Subdirector de Asuntos Legales de CASE, Felipe Astaburuaga, explica los alcances de este reciente anuncio y su importancia en la adopción de la electromovilidad en Chile.
Recientemente, se publicó en el país el Reglamento de Interoperabilidad de Sistemas de Recarga de Vehículos Eléctricos, un paso fundamental para impulsar la adopción de los vehículos eléctricos en Chile. Una iniciativa que, además, facilitará la carga de estos carros.
Según explica Felipe Astaburuaga, Subdirector de Asuntos Legales del Centro de Aceleración Sostenible de Electromovilidad, CASE, este reglamento establece las normas y requisitos para la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos, garantizando la calidad y seguridad de los servicios de carga y promoviendo el desarrollo de la electromovilidad.
“Su entrada en vigor es importante estratégicamente para impulsar la adopción de vehículos eléctricos y fomentar la infraestructura de carga en el país”, señala.
El reglamento tiene como objetivo establecer las disposiciones aplicables para la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos. Estas disposiciones abarcan los requerimientos de información y operación necesarios para la implementación y funcionamiento de los sistemas, así como las exigencias para prestar el servicio de carga de vehículos eléctricos.
“El reglamento se aplica a los propietarios de infraestructura de carga, operadores de punto de carga, proveedores de servicios de electromovilidad y otros actores del sistema de recarga de vehículos eléctricos. Sin embargo, no incluye los dispositivos de carga inalámbricos o de inducción, los dispositivos de intercambio de baterías y los dispositivos destinados a la carga de ciclos eléctricos”, indica.
Además, en este estatuto se establecen definiciones clave, como acceso a la carga, cargador o sistema de alimentación específico de vehículo eléctrico, cargador de acceso privado, cargador de acceso público, conector, entre otras.
Respecto a los propietarios de infraestructura de carga, el documento señala que deben declarar información sobre los cargadores, incluyendo su ubicación, potencia nominal, tipos y cantidad de conectores, capacidad de carga simultánea, protocolos de comunicación, entre otros. Si un cargador es de acceso público, el propietario debe inscribirse en la plataforma de interoperabilidad.
También se diferencia entre cargadores de acceso público y acceso privado. Los cargadores de acceso público deben cumplir ciertas condiciones y obligaciones establecidas en el reglamento, incluso si se utilizan de forma privada en horarios específicos en los que no se presta el servicio de carga. Los propietarios pueden solicitar la modificación de un cargador de acceso público a privado, pero no podrán continuar prestando el servicio de carga si se aprueba la solicitud.
El incumplimiento de las disposiciones del reglamento puede ser sancionado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
El reglamento también aborda la infraestructura de carga de acceso público y establece las responsabilidades de los actores involucrados, como el propietario, operador y proveedor de servicios. Se menciona la posibilidad de que terceros operen los cargadores en nombre del propietario.
“En conclusión, este reglamento es de vital importancia para el desarrollo y expansión de la movilidad eléctrica, ya que establece las bases para la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos. Al promover la estandarización y compatibilidad entre los diferentes componentes y actores del sistema, se facilita el acceso de los usuarios de vehículos eléctricos a la carga, se fomenta la competencia en el mercado de servicios de electromovilidad y se garantiza la eficiencia y seguridad de la infraestructura de recarga”.